No obstante pese a que todas esas terminos son bastante notables Con El Fin De nosotros, no son la termino exacta, uacute;nica y definitoria que nos resume.

La palabra que nos define seri­a un verbo, una maneras de acontecer, la postura: ayudar.

HOTEL3, en su versioacute;n de CONJUNTO 40 pasa a disponer sobre todas las ventajas sobre la novedosa arquitectura bien observada en los demaacute;s programas de esta serie:

– Simplificacioacute;n en la instalacioacute;n y en el registro del programa.- Base sobre datos SQL.- alternativa de conexioacute;n a servidores locales (Firebird) o en el cloud (MySQL).- Motor de listados de enorme potencia.- Arquitectura con mejor solucii?n a las caracteriacute;sticas de las versiones de Windows actualmente en uso.

Si eres cliente de GOOGLE CALENDAR TM te interesaraacute; conocer que puedes sincronizar tu calendario Con El Fin De utilizar con tu proyecto de gestioacute;n empresarial GESCO3.

En Informagrave;tica3 queremos que la gestioacute;n diaria de tu compai±i­a sea cada diacute;a maacute;s y no ha transpirado maacute;s faacute;cil, por eso todo el tiempo estamos mejorando nuestros programas.

En Informagrave;tica3 nos dedicamos desde hace 40 antilde;os a prosperar maacute;s que software: programas sobre gestioacute;n orientados a las pequentilde;as desplazandolo hacia el pelo medianas compai±ias.

Desde 1980 antilde;os, nos mantenemos cristianos a la idea: optimizar las procesos de gestioacute;n empresarial de las pymes con nuestros programas.

Hoy en dia, maacute;s de 35.000 usuarios confiacute;an en nosotros: empresarios, asesores, contables, gestores, comerciantes, hoteleros asi­ como restauradores.

iexcl;nunca juegues con tu empresa! Trabaja con un software que cumpla la actual legislacioacute;n Antifraude, igual que nosotros.

La nueva normativa Antifraude establece que las usuarios deben emplear un plan que garantice integridad y no ha transpirado trazabilidad, con anotacioacute;n desplazandolo hacia el pelo conservacioacute;n de las desplazamientos.

Revisa que tu software cumpla con esos requisitos:

– Trazabilidad e inalterabilidad de las registros.

– Sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotacioacute;n en las sistemas.

Si tu software nunca CUMPLE con estas exigencias legales puedes tomar multas sobre 50.000euro; por cada antilde;o fiscal.

Nosotros garantizamos que el software cumple desde octubre 2021 todo lo actualmente reglado.

Ante la entrada en vigor, en octubre, de los artiacute;culos 29.2.j) y 201.bis de la Ley General Tributaria (Ley 11/2021 del 9 sobre julio), Informagrave;tica3 garantiza a sus usuarios el cumplimiento de cualquier precepto que en la novia se establezca.

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En particular, el artiacute;culo 29.2.j) que establece la “la obligacioacute;n, por pieza de los productores, comercializadores y usuarios, de que las sistemas y no ha transpirado programas informaacute;ticos o electroacute;nicos que soporten las procesos contables, de facturacioacute;n o sobre gestioacute;n de quienes desarrollen tareas econoacute;micas, garanticen la integridad, conservacioacute;n, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad sobre las registros, falto interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que nunca quede la debida anotacioacute;n en los sistemas mismos”.

De cobrar maacute;s informacioacute;n, puedes contactar con Informagrave;tica3 ([email protected] o en el 972 600 800) o con tu distribuidor habitual.

Informagrave;tica3 colabora con AGESFI (Asociacioacute;n Espantilde;ola de Gestores Fiscales y no ha transpirado sobre Fincas) de digitalizar las companias con nuestro software Con El Fin De pymes, ofreciendo prerrogativas especificas a todos las asociados.

Las programas que maacute;s recomendamos de despachos profesionales son:

FINCA3 (Administracioacute;n sobre Fincas).

FISCAL3 (Modelos sobre Hacienda).

GESCO3 (Gestioacute;n General de Compania).

CONTA3 (Contabilidad General sobre Compai±i­a).

NOMINA3 (Noacute;minas desplazandolo hacia el pelo Resguardo Social).

El anterior 23 de marzo, la compania Espantilde;ola de Proteccioacute;n sobre Datos (AEPD) publicoacute; un comunicado acerca de la resolucioacute;n sancionadora an una empresa del sector turiacute;stico por la reservada de las imaacute;genes obtenidas del pasaporte del hueacute;sped en la ocasion del registro en el establecimiento.

Este comunicado puede leerse aquiacute;.

Esta resolucioacute;n ha generado cierta controversia en el sector turiacute;stico Ya que el establecimiento simplemente haci­a uso la fama de las hueacute;spedes en el contexto sobre identificar de forma correcta el control de los consumos en el interior del hotel, en el marco sobre la prestacioacute;n sobre servicios a donde la mayoriacute;a sobre cargos individuales podiacute;an estar incluidos en el costo del alojamiento pactado, identificacioacute;n que puede beneficiar tanto a comprador como al establecimiento Ya que posibilita prevenir situaciones sobre fraude o cargos indebidos.

El causa usado por parte de la AEPD para solucionar el procedimiento sancionador, no obstante, considera que los datos a registrar sobre los documentos de identificacioacute;n de los usuarios tienen que ser aquellos que permitan respetar con las normas espantilde;olas en registro sobre viajeros y no ha transpirado su comunicacioacute;n a las fuerzas y cuerpos sobre proteccii?n del estado.

Al no permanecer la fotografiacute;a de aquellos documentos sobre identificacioacute;n entre las datos que deberi­an recogerse de este fin, afirman que el establecimiento nunca puede producir estas fotografiacute;as basaacute;ndose en este pretexto.

La AEPD, para terminar, precisa al establecimiento que deje sobre recoger la fotografiacute;a sobre las documentos sobre identificacioacute;n o que adecuacute;e la informacioacute;n en materia sobre proteccioacute;n de datos que provee a las clientes en el momento de la reservada sobre datos, y que indique claramente el causa y tratamiento que haraacute; con la fama obtenida.

La Tesoreriacute;a General sobre la conviccion Social va an ejecutar un transcurso de actualizacioacute;n masiva de todas las liquidaciones afectadas por las modificaciones introducidas por la disciplina PCM/1353/2021.

Este desarrollo se va a comenzar el 26 sobre abril sobre 2022 con las liquidaciones de cuotas presentadas en el mes de octubre de 2021 (periacute;odo de liquidacioacute;n sobre septiembre de 2021) asi­ como continuaraacute; progresivamente, con las liquidaciones sobre cuotas presentadas en las meses de noviembre desplazandolo hacia el pelo diciembre de 2021 (periacute;odos sobre liquidacioacute;n de octubre asi­ como noviembre de 2021).

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